lunes, 27 de julio de 2015

Justicia para todos

Hace algunos días vi en el muro de Facebook de una de mis maestras de la Universidad un artículo respecto de las 7 películas que todos los abogados debemos ver. El reportaje me resultó muy interesante y decidí compartirlo, comentando que consideraba que habían algunas que faltaban, sin embargo, en la publicación en mi muro recibí un comentario de una tía muy querida que me decía que faltaba la que a su juicio era la mejor película de abogados: “…And Justice for All“ estrenada en 1979 y protagonizada por uno de los más grandes actores de Hollywood: Al Pacino. Mi tía, abogada oriunda de Nueva York, y yo hemos tenido a lo largo de los años muchas conversaciones muy profundas y normalmente nuestros puntos de vista son similares por lo que decidí que tenía que ver la película que, según su dicho, había cambiado su percepción de nuestra hermosa profesión, así que el pasado viernes, después de mucho buscarla, por fin me pude sentar con mi esposa a verla.
La película se trata de un abogado, Arthur Kirkland (magistralmente interpretado por Pacino) que tiene frente a sí la defensa de un Juez que fue acusado de violar y sodomizar a una joven. El detalle está en que dicho Juez le había negado a Kirkland la admisión de pruebas que demostraban irrefutablemente que uno de sus clientes era inocente de los cargos que lo mantenían preso. Evidentemente no voy a comentar aquí el desenlace de dicha obra cinematográfica, pero por supuesto que recomendo amplimente que la vean, lo que si voy a hacer es compartir con ustedes la enseñanza que me dejó y cómo comprendí por qué había cambiado la percepción de mi tía Laura.
Como el propio nombre sugiere, la película se basa en un punto central: la necesidad que tiene el estado de garantizar la justicia para sus ciudadanos, de salvaguardar los derechos constitucionales de todas y cada una de las personas que integran una Nación y al analizar este punto me di cuenta que definir la justicia y sus límites es demasiado complejo.
La justicia, según la definición clásica del jurista romano Ulpiano es dar a cada quien lo que le corresponde pero, ¿qué le corresponde a cada quien? La respuesta a esta pregunta conllevaría a la existencia de un pronunciamiento previo para definir que le corresponde a cada persona, lo que nos lleva nuevamente a la pregunta ¿qué es la justicia? Creo honestamente que no existe nadie que pueda responder completamente esta pregunta, por el contrario, me voy a permitir parafrasear al jurista checo Hans Kelsen quien nos dice que tal vez se deba a que constituye una de esas preguntas respecto de las cuales resulta válido ese resignado saber que no puede hallarse una respuesta definitiva sino que solo cabe el esfuerzo por formularla mejor.
A pesar de la existencia de diversas corrientes que buscan fundamentar la justicia en distintas bases, ccreo que debemos presuponer que el orden jurídico vigente en determinado páis en determinado tiempo es justo, o por lo menos busca la justicia, atendiendo a las realidades sociales imperantes, así que tomaré de ejemplo nuestro país. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en sus artículos 1 al 28 una serie de derechos fundamentales que reciben el nombre de Garantías Individuales y son precisamente éstas las que el Estado tiene la obligación de salvaguardar a toda costa y es en este punto en que entro al centro de la película “Justicia para todos“ que habla precisamente de la manera de garantizar el acceso a los derechos constitucionales.
Uno de los derechos fundamentales de los ciudadanos es la adecuada defensa en caso de estar sujeto a algún tipo de procedimiento judicial de cualquier materia. El derecho constitucional a la defensa trasciende al hecho si el acusado es inocente o es culpable. Aquí entra un conflicto, más que nada ético. Un delincuente, ¿debe tener derecho a una defensa en juicio? ¿Hasta que punto se debe procurar su defensa? ¿El trabajo del abogado defensor es lograr su libertad o simplemente la condena más benévola para el delincuente? En caso que el trabajo del defensor sea lograr la libertad, ¿no sería eso una injusticia al dejar libre a una persona que representa un peligro para la sociedad? Si contestaramos estas preguntas basados en nuestros sentimientos, creo que las respuestas serían las menos favorables para el reo, es decir, si le preguntamos a cualquier persona si un delincuente merece una defensa y estar libre, estpy seguro que la mayoría contestarían que no, sin embargo, no debemos perder de vista que los delincuentes son, a final de cuentas, ciudadanos, si, es cierto que decidieron vivir al margen de la ley, pero eso no les quita el carácter de ciudadanos y, por ende, sujetos de la protección de los derechos fundamentales. Por supuesto que si el orden jurídico se ve vulnerado, el Estado debe garantizar su salvaguarda para lo que es necesario sancionar al transgresor pero en esa sanción es muy fácil dejarnos guiar por nuestras pasiones e imponer una sanción que sea desproporcionada a la conducta desplegada.
Tomemos como ejemplo el caso que se le encomienda a Arthur Kirkland, defender al Juez de una acusasión de violación. Supongamos que se lleva a cabo el juicio y se encuentra al acusado culpable de los cargos que se le imputan, tomando en consideración que éste era un Juez, que no solamente tenía conocimiento de lo ilícito de sus actos y las consecuencias legales que conllevarían, teniendo en mente que él se sentó en un banquillo a emitir un juicio respecto a personas que, como él, habían cometido delitos, ¿sería procedente que se le impusiera una pena mayor a la que se le impondría a un ciudadano normal? En caso que contestemos que si resulta procedente, ¿sería justo para los derechos del Juez defendido? Vayamos más allá: supongamos que una persona es juzgada y hallada culpable por el delito de homicidio calificado y sentenciado a 50 años de prisión, pena máxima establecida en el Código Penal para el Distrito Federal, ¿podemos hablar verdaderamente que se hizo justicia? Desde mi punto de vista considero que no, y mi opinión se basa en un punto muy simple: sim importar el tiempo al de prisión al que se condene al delincuente, la víctima jamás resucitará. La familia nunca obtendrá justicia, aún en el caso que existiera la pena de muerte en nuestro país. El tema de la justicia en el ámbito del Derecho Penal creo que es más complicado que en el Derecho Civil o Mercantil. La sentencia que le sea impusta al delincuente podrá ser considerada excesiva, y por lo mismo injusta, para su familia, sin embargo, para la víctima y sus familiares, puede ser considerada como insuficiente e igualmente injusta. ¿Dónde, entonces, yace la justicia en el ámbito Penal? Vuelvo a lo mismo, creo que el orden jurídico busca la justicia y por lo mismo las sentencias se deben dictar de conformidad con la punibilidad establecida en cada uno de los tipos penales, sin embargo, considero que hacerlo de esta manera no necesariamente cumple con la justicia. Al hablar de justicia, necesariamente va a haber un coche entre las partes que estén involucradas en un conflicto específico, por lo mismo, es imposible esgrimir la frase “justicia para todos“. En un choque de derechos una persona gozará del ejercicio del propio en detrimento del de otra persona.
Seamos francos, en México la justicia es un valor prácticamente inexistente. No hay justicia para los miles de mexicanos desaparecidos, no hay justicia para los estudiantes del Movimiento Estudiantil de 1968, ni para los normalistas de Ayotzinapa, ni para las víctimas de Tlatlaya, ni para las víctimas que han perecido a manos del narcotráfico ni hay justicia en los gastos millonarios en los viajes de Estado del Presidente Enrique Peña Nieto haciéndose acompañar, no solo por su familia, sino por numerosos Secretarios de Estado y ese es precisamente el reto que enfrentamos las nuevas generaciones: luchar por la justicia, hacer valer nuestros derechos y exigir al Estado que cumpla con su obligación constitucional de salvaguardarlos. Mientrás no hagamos uso de nuestra responsabilidad, las cosas nunca van a cambiar.
Después de todo lo que he escrito en este artículo, regresa a mi mente la pregunta ¿qué es la justicia? Creo que la mejor respuesta se encuentra en una frase del último párrafo del ensayo de Hans Kelsen? “[…] yo no sé ni puedo decir qué es la justicia, la justicia absoluta, ese hermoso sueño de la humanidad. Debo conformarme con la justicia relativa: tan sólo puedo decir qué es para mi la justicia“.
Después de comprobar la imposibilidad de definir la justicia absoluta, comprendo completamente lo que el 29 de agosto de 2005 me escribió uno de los mejores abogados que conozco cuando decidí estudiar Derecho: “Busca siempre aplicar el Derecho y sólo cuando no se pueda ve por la justicia“. El Derecho, el orden nomrativo de un País es objetivo; la Justicia absoluta es indefinible y la justicia relativa es subjetiva. Para mi la justicia radica en la libertad y en la responsabilidad: en la libertad para tomar nuestras propias decisiones y en la responsabilidad para enfrentar las consecuencias de las mismas. No hay mayor derecho, desde mi perspectiva, que la libertad, pero tampoco hay mayor responsabilidad que ser libres.

Benjamín Muñiz Álvarez Del Castillo

Twitter: @Benjamin_Muniz

No hay comentarios:

Publicar un comentario